Estudios

Estudios y documentos de interés para sacerdotes
AVISO. Desde el 21 de julio de 2008 los nuevos documentos que se publiquen sólo aparecerán en www.sacerdotesyseminaristas.org

jueves, 6 de marzo de 2008

Comunión en la mano

Por José Bernal, canonista

La forma tradicional y habitual de recibir la comunión admitida por la Iglesia es la comunión en la boca. No se trata de una cuestión meramente disciplinar, sino que hay poderosas razones que fundamentan esa praxis secular.

Por una parte, la praxis tradicional se ha considerado siempre íntimamente unida a la fe de la Iglesia en la presencia real de Jesucristo en la Eucaristía. Es una manifestación, especialmente valorada en la Iglesia desde siempre, de respeto y veneración al Cuerpo del Señor. La comunión en la mano puede llevar consigo el riesgo de que el fiel no valore adecuadamente la grandeza del don que recibe y que se desprendan partículas del Cuerpo de Cristo.

Hay que considerar también la especial consagración del sacerdote, ministro ordinario de la comunión eucarística, al servicio y cuidado de la Eucaristía. Sus manos, por la unción recibida, son el mejor trono para el Señor[1].

El primer documento de la Santa Sede que habla de la comunión en la mano es la Instrucción Memoriale Domini, de la Sagrada Congregación para el Culto Divino, de 29 de mayo de 1969[2]. En intervenciones anteriores, al referirse al modo de recibir la comunión, se habla sólo de la postura de rodillas o de pie[3] o de la recepción bajo las dos especies[4]. La citada Instr. sale al paso de la introducción del rito de la comunión en la mano en algunos lugares sin haber consultado antes a Roma. Esto motivó una consulta a todos los obispos de rito latino sobre la conveniencia de la introducción del rito mencionado. El episcopado respondió mayoritariamente de modo negativo[5], por lo que se mantuvo para toda la Iglesia la praxis tradicional. Se abrió, sin embargo, la posibilidad de que en los lugares donde se había introducido el rito de la comunión en la mano, las Conferencias Episcopales estudiaran el caso y dieran normas al respecto, que deberían ser sometidas a la confirmación de la Santa Sede. Junto a la Instrucción se publicaba una carta en la que se permitía ―en respuesta a la petición formulada― a los Obispos del territorio de la Conferencia Episcopal francesa introducir el nuevo rito. Pero se advertía, entre otras cosas, que «la nueva manera de comulgar no deberá ser impuesta de modo que se excluya el uso tradicional».

En la Instrucción Immensae caritatis[6], de 29 de enero de 1973, se vuelve a hacer referencia al tema. Se recuerda la posibilidad que las Conferencias Episcopales soliciten a la Santa Sede el permiso para introducir el nuevo rito y se subraya la necesidad de una adecuada catequesis acerca de la presencia real de Jesucristo bajo las especies eucarísticas, para que los que comulgan en la mano lo hagan con el debido respeto.

El Ritual de la sagrada comunión y del culto a la Eucaristía fuera de la misa, en su introducción[7], hace una breve referencia a la posibilidad de la comunión en la mano, recordando los mismos principios.

Mas recientemente, Juan Pablo II ha llamado la atención sobre algunos abusos producidos en puesta en práctica del nuevo uso[8], haciendo mención de la libertad de que gozan los fieles para recibir la comunión según una u otra forma[9].

El 3 de abril de 1985, la Congregación para el Culto divino publicó una carta acerca de la comunión en la mano[10]. Se llama la atención sobre los siguientes puntos:

a) «La comunión en la mano debe manifestar, tanto como la comunión recibida en la boca, el respeto a la presencia real de Cristo en la Eucaristía».

b) «El fiel que ha recibido la Eucaristía en su mano, la llevará a la boca antes de regresar a su lugar (...) permaneciendo siempre de cara al altar».

c) «Se recomendará a todos, y en particular a los niños, la limpieza de las manos, como signo de respeto hacia la Eucaristía».

d) «No se ha de tomar el pan consagrado directamente de la patena o de un cesto (...) sino que se extienden las manos para recibirlo del ministro de la comunión».

e) «Conviene ofrecer a los fieles una catequesis del rito, insistiendo sobre los sentimientos de adoración y la actitud de respeto que merece el Sacramento. Se recomendará vigilar para que posibles fragmentos del pan consagrado no se pierdan».

f) «No se obligará jamás a los fieles a adoptar la práctica de la comunión en la mano, dejando a cada persona la necesaria libertad para recibir la comunión en la mano o en la boca».

El pronunciamiento más cercano en el tiempo es una respuesta de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos publicada en 1999. Transcribo, por su interés, el texto completo.

«Utrum in dioecesibus, ubi valet Communionem distribui in manibus fidelium, liceat sacerdoti sive extraordinariis sacrae communionis ministris obligatione adstringere communicantes, ut hostiam tantummodo in manibus accipiant, non autem super linguam. (si se puede obligar a los sacd a que den la comunión solo en la mano)

»R./ Certo patet ex ipsis documentis Sanctae Sedis ut in dioecesibus, ubi panis eucharisticus ponitur in manibus fidelium, integrum tamen eis manet ius super linguam eum recipiendi. Contra normas ideo agunt sive qui communicantes obligatione adstringunt ad sacram communionem tantummodo in manibus recipiendam, sive qui renuunt christifidelibus Communionem in manu recipiendi in dioecesibus, quae hoc indulto gaudent.

»Attentis normis de sacra communione distribuenda, peculiari modo curent ministri ordinarii et extraordinarii, ut statim hostia a christifidelibus sumatur, ita ut nemo discedat cum speciebus eucharisticis in manu.

»Meminerint tamen omnes saecularem traditionem esse hostiam super linguam accipere. Sacerdos celebrans, si adsit sacrilegii periculum, communionem in manu fidelibus non tradat, et certiores facit eos de fundamento huius procedendi modo»[11].

La respuesta habla explícitamente “del derecho de los fieles a recibir el pan eucarístico en la lengua” y deja claro que actúan contra las normas dadas por la Santa Sede quienes obligan a los fieles a recibir la comunión en la mano, así como quienes rechazan a los fieles que pretenden recibir la comunión en la mano en los lugares que gozan de esa concesión.

Se deduce fácilmente de la respuesta que la forma establecida por la Iglesia para todo el mundo es la comunión en la boca y, en aquellas diócesis donde haya sido autorizado, también en la mano, quedando a juicio del fiel la elección entre uno y otro modo[12].

Es un error, por tanto, y un abuso considerar que en los lugares donde ha sido autorizada la comunión en la mano, ésta ha sustituido a la comunión en la boca.

Si realmente existiera un riesgo cierto de contagio por enfermedad infecciosa, podría pensarse que el Ordinario estaría legitimado ―habría causa justa y razonable― a introducir limitaciones en el derecho a recibir la comunión según la forma aprobada para toda la Iglesia. Dado que se trataría de una medida contraria a la disciplina universal, sólo podría realizarse de forma cautelar e informando a la Santa Sede. Ésta es la única autoridad competente para todo lo relativo a la ordenación de la sagrada liturgia (cc. 838 y 841).

José Bernal

canonist




[1] El Papa Juan Pablo II ha escrito a este respecto: «Conviene sin embargo no olvidar el deber primordial de los sacerdotes, que han sido consagrados en su ordenación para representar a Cristo Sacerdote: por eso sus manos, como su palabra y su voluntad, se han hecho instrumento directo de Cristo. Por eso, es decir, como ministros de la sagrada Eucaristía, éstos tienen sobre las sagradas Especies una responsabilidad primaria, porque es total: ofrecen el pan y el vino, los consagran, y luego distribuyen las sagradas Especies a los participantes en la Asamblea. Los diáconos pueden solamente llevar al altar las ofrendas de los fieles y, una vez consagradas por el sacerdote, distribuirlas. Por eso cuan elocuente, aunque no sea primitivo, es en nuestra ordenación latina el rito de la unción de las manos, como si precisamente a estas manos les fuera necesaria una especial gracia y fuerza del Espíritu Santo.

»El tocar las sagradas Especies, su distribución con las propias manos, es un privilegio de los ordenados, que indica una participación activa en el ministerio de la Eucaristía» (Carta Dominicae cenae, 24 de febrero de 1980, nº 11).

[2] AAS 61 (1969), pp. 541-545.

SAGRADA CONGREGACION PARA EL CULTO DIVINO

Carta "En respuesta a la petición", para aquellos presidentes de las Conferencias de Obispos que solicitaron permiso para entregar la comunión en la mano 29 de mayo de 1969: AAS 61 (1969) 546-547; Not 5 (1969) 351-353.

En respuesta a la solicitud realizada por su conferencia de obispos, en referencia al permiso solicitado de dar la comunión poniéndola en la mano de los feligreses, yo deseo comunicarle lo siguiente : El Papa Pablo VI llama la atención, al propósito establecido en la " Instruction Memoriale Domini " del día 29 de mayo de 1969, de mantener la práctica tradicional en uso. Al mismo tiempo, ha tomado en consideración, las razones dadas para apoyar su solicitud y el resultado de la votación obtenida en esta materia. El Papa otorga, que en todo el territorio, correspondiente a su Conferencia, cada obispo pueda de acuerdo a su juicio prudente y a su conciencia, autorizar en su diócesis, la iniciación del nuevo rito para dar la comunión. La condición es, que se evite completamente, cualquier causa que pueda escandalizar a los fieles, y cualquier peligro que pueda generar, irreverencia hacia la Eucaristía. Las siguientes normas deben ser por lo tanto respetadas. (El énfasis es mío. Uno se pregunta si esto se está cumpliendo ).

1. La nueva forma de entregar la comunión, no debe ser impuesta de manera que sea excluida la práctica tradicional. Es una materia muy seria, y por lo tanto, en los lugares donde se permita esta nueva práctica, todos los fieles deben tener la opción de recibir la comunión en la lengua, aunque otras personas la estén recibiendo en la mano. Las dos maneras de recibir la comunión, pueden sin duda alguna, llevarse a cabo, en el mismo acto litúrgico. Hay un doble propósito en esto : que nadie encuentre en este nuevo rito, algo que altere su devoción personal a la Eucaristía, y que este Sacramento, que es fuente y causa de unidad, no se transforme en ocasión de discordia entre los fieles.

2. El rito de recibir la comunión en la mano, no debe ponerse en práctica de una manera discriminada. Dado que la cuestión involucra actitudes humanas, este modo de comunión está ligado, a la percepción y la preparación del que la recibe. Es recomendable por lo tanto, que el nuevo rito se introduzca gradualmente, y que se haga al principio, en grupos pequeños y bien preparados, así como en un ambiente favorable. Sobre todo, deberá ser precedido por una catequesis efectiva, para que las personas entiendan el sentido de recibir la comunión en la mano, y que lo practiquen con la reverencia debida al Sacramento. Esta catequesis, debe lograr, excluir cualquier indicación, de que haya en la mente de la Iglesia, una disminución en la fé de la presencia Eucarística y excluir también cualquier posibilidad de peligro o amenaza de peligro de que se profane la Eucaristía.

3. La opción ofrecida a los fieles, de recibir el pan Eucarístico en la mano, para llevárselo después a la boca, no debe dar ocasión para creer, que es pan ordinario u otro artículo religioso más. Al contrario esta opción debe incrementar en ellos y hacerlos conscientes de la dignidad de los miembros del cuerpo místico de Cristo, al cual han sido incorporados por el bautismo y por la gracia de la Eucaristía. Debe también aumentar su fé en la sublime realidad del cuerpo y la sangre de Cristo, la cual tocan con sus manos. Su actitud de reverencia debe estar conforme a lo que están haciendo.

4. Al respecto de la manera de implementar el nuevo rito: Un posible modelo, es el usado tradicionalmente, el cual expresa las funciones ministeriales y es que el sacerdote o diácono pone la hostia en las manos de los fieles. Alternativamente, es permisible adoptar un procedimiento más sencillo, permitiendo a los comulgantes tomar la hostia del ciborio o la patena. La hostia debe ser consumida antes de regresar a sus asientos; el ministro usará el formulario de costumbre diciendo " Cuerpo de Cristo ", a lo cual replicará el comulgante con la palabra " Amén ". ( Nota : Roma prohibió después que los comulgantes tomaran la hostia del ciborio o patena).

5. Cualquiera que sea el procedimiento adoptado, se debe poner especial cuidado, en no permitir que partículas del pan Eucarístico, caigan al suelo o sean desparramadas. Los comulgantes deben tener las manos limpias y su comportamiento debe ser conforme a las costumbres.

6. En el caso de comunión en las dos especies, por la vía de la intinción, nunca se permite poner en las manos del fiel la hostia que ha sido sumergida en la sangre de nuestro Señor.

7. Los obispos que autoricen la introducción de esta nueva forma de recibir la comunión, deberán enviar, después de 6 meses, un reporte a esta Congregación, informando sobre los resultados de esta concesión.

Nota : El " Resumen de los Decretos " sobre la confirmación de las decisiones de las conferencias de obispos en " Notitiae ", da una lista de las conferencias de habla inglesa, a los cuales les fué otorgada esta concesión ( según AAS y Notitiae ):

Sur Africa, 3 de febrero de 1970
Canadá, 12 de febrero de 1970
Rhodesia ( Zimbabwe ), 2 de octubre de 1971
Zambia, 11 de marzo de 1974
Nueva Zelandia, 24 de Abril de 1974
Australia, 26 de septiembre de 1975
Inglaterra y Wales, 6 de marzo de 1976
Papua y Nueva Guinea, 28 de abril de 1976
Irlanda, 4 de septiembre de 1976
Pakistan, 29 de octubre de 1976
Estados Unidos de América, 17 de junio de 1977
Escocia, 7 de julio de 1977
Malasia y Singapur, 3 de octubre de 1977

[3] Instrucción Eucharisticum mysterium, de la Sagrada Congregación de Ritos, de 25 de mayo de 1967, en AAS 59 (1967), pp 539-573.

[4] Cfr., por ejemplo, OGMR (1969), nn. 117 y 118; Instrucción Actio pastoralis de la Sagrada Congregación para el Culto divino, de 15 de mayo de 1969, en AAS (1969), pp. 1843-1857.

[5] Cfr. Instrucción Memoriale Domini.

[6] Cfr. AAS 65 (1973), pp. 264-271.

[7] El Ritual de la sagrada comunión y del culto a la Eucaristía fuera de la misa, Coeditores Litúrgicos 1974, nº 21.

[8] «En algunos países se ha introducido el uso de la comunión en la mano. Esta practica ha sido solicitada por algunas Conferencias Episcopales y ha obtenido la aprobación de la Sede Apostólica. Sin embargo, llegan voces sobre casos de faltas deplorables de respeto a las Especies eucarísticas, faltas que gravan no sólo sobre las personas culpables de tal comportamiento, sino también sobre los Pastores de la Iglesia, que hayan sido menos vigilantes sobre el comportamiento de los fieles hacia la Eucaristía» (Carta Dominicae Cenae, nº 11).

[9] «Sucede también que, a veces, no se tiene en cuenta la libre opción y voluntad de los que, incluso donde ha sido autorizada la distribución de la Comunión en la mano, prefieren atenerse al uso de recibirla en la boca». Poco más adelante afirma: «Escribiendo esto no quiero de ninguna manera referirme a las personas que, recibiendo al Señor Jesús en su mano, lo hacen con espíritu de profunda reverencia y devoción, en los países donde esta praxis ha sido autorizada» (ibidem).

[10] Notificación acerca de la comunión en la mano, en Notitiae 21 (1985), pp. 259-265.

NOTIFICACIÓN
ACERCA DE LA COMUNIÓN EN LA MANO
3-IV-1985

La Santa Sede, a partir de 1969, aunque manteniendo en vigor para toda la Iglesia la manera tradicional de distribuir la Comunión, acuerda a las Conferencias Episcopales que lo pidan y con determinadas condiciones, la facultad de distribuir la Comunión dejando la Hostia en la mano de los fieles.

Esta facultad está regulada por las Instrucciones Mernoriale Domini e immensae caritatis (29 de mayo de 1968: AAS 61, 1969, 541-546; 29 de enero de 1973: AAS 65, 1973, 264-271), así como por el Ritual De sacra Communione publicado el 21 de junio de 1973, n. 21. De todos modos parece útil llamar la atención sobre los siguientes puntos:

1. La Comunión en la mano debe manifestar, tanto como la Comunión recibida en la boca, el respeto a la presencia real de Cristo en la Eucaristía. Por esto se insistirá, tal como lo hacían los Padres de la Iglesia, acerca de la nobleza que debe tener en sí el gesto del comulgante. Así ocurría con los recién bautizados del siglo IV, que recibían la consigna de tender las dos manos haciendo "de la mano izquierda un trono para la mano derecha, puesto que ésta debe recibir al Rey" (6ª catequesis mistagógica de Jerusalén, n. 21: PG 33, col. 1125, o también Sources chréet., 126, p. 171; S. Juan Crisóstomo, Homilia 47: PG 63, col. 898, etc.).*

2. De acuerdo igualmente con las enseñanzas de los Padres, se insistirá en el Amén que pronuncia el fiel, como respuesta a la fórmula del ministro: "El Cuerpo de Cristo"; este Amén debe ser la afirmación de la fe: "Cum ergo petieris, dicit tibi sacerdos ‘Corpus Christi’ et tu dicis ‘Amen’, hoc est ‘verum’; quod confitetur lingua, teneat affectus" (S. Ambrosio, De Sacramentis, 4, 25: SC 25 bis, p. 116).

3. El fiel que ha recibido la Eucaristía en su mano, la llevará a la boca, antes de regresar a su lugar, retirándose lo suficiente para dejar pasar a quien le sigue, permaneciendo siempre de cara al altar.

4. Es tradición y norma de la Iglesia que el fiel cristiano recibe la Eucaristía, que es comunión en el Cuerpo de Cristo y en la Iglesia; por esta razón no se ha de tomar el pan consagrado directamente de la patena o de un cesto, como se haría con el pan ordinario o con pan simplemente bendito, sino que se extienden las manos para recibirlo del ministro de la comunión.

5. Se recomendará a todos, y en particular a los niños, la limpieza de las manos, como signo de respeto hacia la Eucaristía.

6. Conviene ofrecer a los fieles una catequesis del rito, insistiendo sobre los sentimientos de adoración y la actividad de respeto que merece el sacramento (cf. Dominicae cenae, n. 11). Se recomendará vigilar para que posibles fragmentos del pan consagrado no se pierdan (cf. 5. Congre. para la Doctrina de la Fe, 2 de mayo de 1972: Prot. n. 89/71, en Notitiae 1972, p. 227).

7. No se obligará jamás a los fieles a adoptar la práctica de la comunión en la mano, dejando a cada persona la necesaria libertad para recibir la comunión o en la mano o en la boca.

Estas normas, así como las que se dan en los documentos de la Sede Apostólica citados más arriba, tienen como finalidad recordar el deber de respeto hacia la Eucaristía, independientemente de la forma de recibir la comunión.

Los pastores de almas han de insistir no solamente sobre las disposiciones necesaria libertad para recibir la comunión o en la mano o en la boca.

Estas normas, así como las que se dan en los documentos de la Sede Apostólica citados más arriba, tienen como finalidad recordar el deber de respeto hacia la Eucaristía, independientemente de la forma de recibir la comunión.

Los pastores de almas han de insistir no solamente sobre las disposiciones necesarias para una recepción fructuosa de la Comunión —que, en algunos casos exige el recurso al sacramento de la Penitencia—, sino también sobre la actitud exterior de respeto, que, bien considerado, ha de expresar la fe del cristiano en la Eucaristía.

Dado en la Congregación para el Culto Divino, el 3 de abril de 1985.

(† Agustin Mayer, o.s.b.)
Arzob. tit. de Satriano
Pro-Prefecto

(† Virgilio Noè)
Arzob. tit. de Voncaria
Secretario

[11] Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, Responsa ad dubia proposita, en Notitiae 35 (1999), p. 161-162.

[12] Para abundar en el tema, hago notar que en el Directorio litúrgico para la retransmisión de las misas por radio y televisión, de las Comisiones Episcopales Españolas de Liturgia y de Medios de Comunicación, de 4 de marzo de 1986, se afirma tajantemente que la elección entre una y otra praxis es un derecho del fiel (n. 33). En la última edición de la Insitutio generalis Missalis Romani, n. 161, se declara: «Si Communio sub specie tantum panis fit, sacerdos hostiam parum elevatam unicuique ostendit dicens: Corpus Christi. Communicandus respondet: Amen, et Sacramentum recipit, ore vel, ubi concessum sit, manu, pro libitu suo (según prefiera el que comulga). Communicandus statim ac sacram hostiam recipit, eam ex integro consumit».

No hay comentarios: